CATEGORIAS DE AREAS PROTEGIDAS NACIONALES
ARGENTINA
LEY. 22.351
PARQUES NACIONALES:
Areas a conservar en su estado natural, representativas de una región fitozoogeográfica deternimada, que tengan atractivo escénico e interés científico y que serán mantenidas sin otras alteraciones que las necesarias para asegurar su control y la atención del visitante.
RESERVAS NACIONALES:
Son areas que interesan para la conservación de sistemas ecológicos, ya sea como zonas protectoras de un Parque Nacional contiguo o como zonas de conservación independientes. Las obras, servicios y desarrollo de los asentamientos humanos, se aprueban y ejecutan en la medida que sean compatibles con la preservación.
MONUMENTOS NATURALES:
Son regiones, objeto, especies vivas de animales o plantas de interés estético, o valor histórico o científico que merecen protección absoluta, siendo por lo tanto, inviolables; las únicas actividades permitidas son las visitas explicativas y las científicas debidamente autorizadas.
DECRETO 2148/90
RESERVA NATURAL ESTRICTA
Son áreas en las que la inteferencia humana directa se ve reducida a un mínimo posible, garantizando así que las comunidades vegetales y animales, y los procesos ecologícos, se desarrollen en forma natural.